Reglamento del juego «Sorteo Diez Mil Semillas de Pimiento»
ARTÍCULO 1: EMPRESA ORGANIZADORA
La empresa Vilmorin-Mikado Ibérica, Sociedad Anónima con sede social en Calle Joaquín Orozco, 17 bajo, 03006 Alicante, España, C.I.F./N.I.F. A-28171056, organiza un juego sin obligación de compra con sorteo final llamado «Sorteo diez mil semillas de pimiento» válido del 21 de septiembre de 2022 hasta el 30 de marzo de 2023, ambos incluidos (en lo sucesivo, el «Juego»).
El presente reglamento (en lo sucesivo, el «Reglamento») tiene el objetivo de fijar las condiciones y las modalidades de participación en el Juego.
ARTÍCULO 2 - DETALLE DEL JUEGO
Entre el 21 de septiembre de 2022 y el 30 de marzo 2023, la Empresa Organizadora pondrá en marcha el “Sorteo Diez Mil Semillas de Pimiento” para repartir la donación descrita en las bases del sorteo y cuyo detalle figura en el Artículo 6 de las mismas.
La Empresa Organizadora pone en juego una (1) dotación para toda la duración del Juego.
El Juego se dará a conocer al público a través de los soportes siguientes:
- 1500 boletos de Juego en papel, numerados del 1 al 1500, distribuidos a sus clientes, profesionales del sector de la agricultura.
ARTÍCULO 3 - PARTICIPANTES
El Juego está abierto a cualquier persona física mayor de edad residente en España y/o persona jurídica domiciliada en España, cliente de la Empresa Organizadora.
Quedan excluidos del Juego los miembros del personal de la Empresa Organizadora y su familia directa que viva en el mismo domicilio.
La participación en el Juego implica la aceptación plena y total del presente Reglamento.
ARTÍCULO 4 - MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN EN EL JUEGO
A partir del 21 de septiembre 2022 la Empresa Organizadora distribuirá a sus clientes participantes boletos de Juego numerados del
1 al 1500.
Para participar en el Juego, debe:
1/ Cumplimentar el boleto de Juego;
2/ Entregar a la Empresa Organizadora el cupón-respuesta del boleto de Juego;
3/ Conservar la matriz del boleto de Juego hasta el sorteo, que tendrá lugar el 30 de marzo de 2023, indicando:
- Nombre y apellidos
- Teléfono
- Variedades cultivadas
- Superficie de cada variedad
- Empresa comercializadora
Cada participación es estrictamente nominativa y ningún participante puede jugar con varios nombres o seudónimos ni jugar por cuenta de otros participantes.
Cualquier participación en el presente Juego que presente una anomalía (como un formulario incompleto o erróneo o un intento de trampa o de fraude) no se tendrá en cuenta.
La Empresa Organizadora se reserva la posibilidad de realizar cualquier comprobación útil con respecto a la identidad de los participantes, especialmente para comprobar la veracidad de la información suministrada en el formulario de identificación.
ARTÍCULO 5 - MODALIDADES DE DESIGNACIÓN DE LOS GANADORES: SORTEO
El/la ganador/a se designará por sorteo a través de la Empresa Organizadora el 30 de marzo 2023 a partir de las 12:00 h (doce horas), en las instalaciones de la misma , situada en el Parque Científico Tecnológico PITA, Retamar-Almería.
Un empleado de la Empresa Organizadora procederá al sorteo, en presencia de 2 (dos) testigos también empleados de la Empresa Organizadora.
Los ganadores serán avisados personalmente después del sorteo que tendrá lugar el 30 de marzo de 2023. En caso de no estar presentes, los ganadores serán avisados por la Empresa Organizadora por teléfono, por correo electrónico o correo postal, según la información suministrada por los participantes en sus boletos de Juego respectivos. Se hará público también en el sitio web de la Empresa Organizadora.
ARTÍCULO 6: DOTACIONES
La Empresa Organizadora pone en juego una (1) dotación para toda la duración del Juego, que contiene:
- Diez Mil Semillas de Pimiento del catálogo.
El valor de mercado de la dotación se eleva a 3.000,00 € euros.
Vilmorin-Mikado Ibérica declina toda responsabilidad en lo que concierne a hechos perjudiciales, como daños directos o indirectos, inmediatos o futuros, cualquiera que sea su naturaleza y las circunstancias en torno a los que se produzcan, ocurridos durante el disfrute del premio recibido por el/la ganador/a en el marco actual y/ o del hecho del uso de dicho premio.
Se establece que Vilmorin-Mikado Ibérica no proporciona garantía de ninguna naturaleza en lo que atañe al premio atribuido.
La dotación podrá ser objeto de cesión, pero el/la ganador/a solo podrá obtener una dotación para toda la duración del Juego.
La Empresa Organizadora se reserva el derecho de modificar la dotación por una dotación equivalente en caso de indisponibilidad de dicha dotación, sin que se pueda formular ninguna reclamación al respecto.
En ningún caso se podrá exigir una contrapartida financiera para sustituir las dotaciones regaladas, que no se podrán devolver ni cambiar.
ARTÍCULO 7: CONTACTO DEL GANADOR/A
El/la ganador/a del Juego serán contactados por teléfono, por correo electrónico o por correo postal según la información suministrada por los participantes en sus boletos de Juego respectivos.
La dotación se entregará al/la ganador/a en mano durante el evento presentando un documento de identidad. En caso de ausencia del/de la ganador/a, la dotación se enviará por correo postal en un plazo de 6 (seis) meses contados a partir del sorteo.
En todo momento, el/la ganador/a es responsable de la autenticidad de la información que haya comunicado. Por lo tanto, es responsable de la modificación de su información (especialmente su dirección de correo electrónico, su número de teléfono y su dirección postal) y deben, en caso de cambio de dirección, tomar las medidas necesarias para informar a la Empresa Organizadora.
La Empresa Organizadora no se responsabilizará en caso de problema en la entrega o de pérdida de correo.
La Empresa Organizadora no se hará responsable de una eventual insatisfacción del/de la ganador/a con respecto a su dotación y/o su uso.
Si por motivos ajenos a la voluntad de la Empresa Organizadora, el/la ganador/a no pudiera beneficiarse de la dotación, sus beneficiarios la perderán y no se volverá a poner en juego, sin que la Empresa Organizadora se haga responsable de ello.
Cualquier rechazo de dotación por parte del/ de la ganador/a implica una renuncia a cualquier reclamación posterior con respecto a dichas dotaciones.
La Empresa Organizadora no estará sujeta a ninguna responsabilidad en caso de incidente o de accidente producido durante el período de uso de la dotación por parte del / de la ganador/a.
ARTÍCULO 8 - RESPONSABILIDAD
La Empresa Organizadora no se responsabilizará:
- de la pérdida o de la entrega incorrecta del correo;
- de la pérdida de ningún correo electrónico y de forma más general, de la pérdida de ningún dato.
ARTÍCULO 09 - FUERZA MAYOR
La Empresa Organizadora no se hará responsable si por motivo de fuerza mayor o de evento ajeno a su voluntad, el Juego debiera anularse, prolongarse, acortarse, modificarse parcial o totalmente o aplazarse. Adendas y modificaciones de este Reglamento podrían publicarse durante el Juego. Se considerarán anexos al presente Reglamento.
ARTÍCULO 10 - FRAUDES
Los participantes autorizan cualquier comprobación con respecto a su identidad y lugar de residencia.
La Empresa Organizadora se reserva el derecho de cancelar cualquier participación fraudulenta y no se responsabilizará por ello. La Empresa Organizadora también se reserva el derecho de no asignar la dotación a los defraudadores y/o demandarlos ante las jurisdicciones competentes.
ARTÍCULO 11: INFORMACIÓN
No se contestará a ninguna solicitud de información (solicitud por escrito, por teléfono, oral o electrónica) acerca de la interpretación o la aplicación del Reglamento, así como acerca de la lista de los ganadores.
ARTÍCULO 12 – PROTECCIÓN DE DATOS
La información recogida es objeto de ser informatizada, dirigida a la recopilación de datos para el sorteo y estrictamente reservada al servicio de la empresa organizadora. La información recogida será almacenada durante un período de 6 meses por parte de la empresa organizadora. La empresa organizadora se compromete a que la recolecta y procesado de datos cumpla con la legislación europea GPDR modificada por la regulación (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril 2016, de la protección del individuo en cuanto al procesamiento de bases de datos y la libre circulación de dicha información, adoptada el 25 de mayo de 2018 y directamente aplicable a la ley española. Como consecuencia de dicha legislación, los participantes pueden ejercer el derecho de acceder, rectificar, o eliminar por oposición el uso de sus datos, así como el derecho de portabilidad de los mismos. Si quiere ejercer este derecho y obtener la comunicación de su información, por favor contacte con la empresa organizadora.
Cualquier solicitud de retirada de los datos personales realizada antes de la fecha de final del juego conllevará necesariamente la cancelación de la participación.
ARTÍCULO 13 - ASIGNACIÓN DE JURISDICCIÓN
La ley aplicable al presente Reglamento será la ley española.
Cualquier desacuerdo no previsto por el presente Reglamento, producido con ocasión de este Juego, será objeto de un intento de resolución amistosa.
En caso de no conseguirlo, el litigio se presentará ante la jurisdicción de Almería.